Subvenciones a la adquisición de vivienda.

Subvenciones a la adquisición de vivienda.

 

El Principado de Asturias, a través de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda,  concede ayudas a la compra de vivienda en los siguientes casos:
• Adquisición de viviendas de nueva construcción financiadas con préstamo hipotecario libre, cualificado o convenido, excepto las de Precio Concertado.
• Autopromoción de viviendas de nueva planta cuando las personas solicitantes sean personas físicas individuales, excluyéndose sociedades y entidades sin ánimo de lucro.
• Adquisición de viviendas usadas con préstamo hipotecario cualificado o convenido.
Requisitos generales de las personas beneficiarias:
– Que la solicitud se realice por persona física.
– Que se haya iniciado la amortización del préstamo.
– Que los ingresos anuales de la unidad familiar del solicitante no superen 3,5 veces el IPREM.
Documentación acreditativa con carácter general:
* Fichero de acreedores, debidamente cumplimentado, figurando en el mismo como número de cuenta, aquella en la que se amortice el préstamo cualificado.
* Copia simple del Registro de la Propiedad acreditativo de la titularidad de la vivienda, emitido dentro de los quince días previos a la solicitud.
* Certificado de empadronamiento que acredite que la vivienda constituye su domicilio habitual y permanente, emitido dentro de los quince días previos a la solicitud.

Además se debe aportar documentación específica para cada uno de los distintos tipos de vivienda.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 10 de septiembre de 2013.

Más información en el BOPA de 30 de julio

 

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