Subvenciones para Entidades Juveniles: Diversos Programas y Promoción de la Emancipación
(Plazo de presentación hasta el 15 de abril de 2025)
Subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de diversos programas
¿Cuáles son sus objetivos?:
- La realización de actividades, servicios a los jóvenes y funcionamiento interno.
- La contratación de jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo que realicen tareas en asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud.
¿Quiénes pueden solicitarla?
- Las Asociaciones Juveniles.
- Las Secciones Juveniles de las demás Asociaciones, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.
- Y aquellas entidades que en sus estatutos tengan contemplados la prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en el Principado de Asturias.
Requisitos básicos:
- Todas las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Entidades de Participación Juvenil del Principado de Asturias (REPJPA) creado por el artículo 25 de la Ley del Principado de Asturias 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil y regulado en cuanto a su organización y funcionamiento por el Decreto 34/2021, de 2 de julio (BOPA n.º 13, de 13 de julio de 2021).
- Deberán disponer de certificado electrónico y tener instalados previamente la plataforma «Java» y el componente «autofirm@».
¿Cómo puedo solicitarla?
En la sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es está publicada la Ficha de Servicio correspondiente a la convocatoria que se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0115T01 en el buscador de la cabecera situado en la parte superior derecha, en la que se encontrará toda la información sobre la misma y el formulario normalizado de solicitud.
Más información en: Base de Datos Nacional de Subvenciones Bases reguladoras BOPA 25 de marzo de 2025
Dudas y consultas: subvencionesjuventud@asturias.org cridj@asturias.org
Subvenciones a asociaciones-secciones juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud para la realización de acciones conducentes a la promoción de la emancipación juvenil (empleo y vivienda)
¿Cuáles son sus objetivos?:
- Se subvencionarán aquellos proyectos, hasta un máximo de un proyecto por entidad, que incluyan acciones dirigidas a personas jóvenes comprendidas entre 16 y 35 años que faciliten el acceso al empleo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, y a una vivienda en condiciones dignas y de calidad.
- En materia de empleo, las actividades irán dirigidas a la atención, información, asesoramiento, monitoreo, acompañamiento y formación, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, y en relación con sus derechos laborales. En materia de vivienda, se ofrecerá información y orientación para el acceso a la vivienda, así como asesoramiento económico, jurídico y constructivo para el acceso a la misma.
¿Quiénes pueden solicitarla?:
- Asociaciones juveniles.
- Secciones juveniles de las demás asociaciones, siempre que tengan reconocidos estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.
- Aquellas entidades que en sus estatutos tengan contemplada la prestación de servicios a la juventud, en el ámbito específico de las actividades juveniles, sin ánimo de lucro y no específicamente deportivas, que radiquen y desarrollen sus actividades en el Principado de Asturias.
¿Cómo puedo solicitarla?
- En la sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es está publicada la Ficha de Servicio correspondiente a la convocatoria,
- Se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0096T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha, en la que se encontrará toda la información sobre la misma y el formulario normalizado de solicitud.
Más información en: Base de Datos Nacional de Subvenciones Bases reguladoras BOPA 25 de marzo de 2025
Dudas y consultas: subvencionesjuventud@asturias.org cridj@asturias.org
Subvenciones para Entidades Juveniles: Equipamiento
(plazo de presentación hasta el 15 de abril de 2025)
¿Cuál es su objetivo?:
Se subvencionará la adquisición por parte de las entidades de participación juvenil de equipamiento destinado al funcionamiento de su sede y el necesario para la realización y el fomento de sus actividades en el ámbito de la juventud en los términos establecidos en la base cuarta y en la prescripción 3 recogida en la resolución por la que se aprueba la presente convocatoria.
¿Quiénes pueden solicitarla?:
- Asociaciones juveniles.
- Federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones juveniles.
- Secciones juveniles de otras asociaciones, siempre que tengan reconocidas estatutariamente autonomía funcional, organización y gobierno propio para los asuntos específicamente juveniles.
- Entidades prestadoras de servicios a la juventud que presten servicios habitualmente y no tengan ánimo de lucro, con excepción de las que tengan un carácter docente o deportivo.
- Otras entidades que sean reconocidas por norma con rango ley y afecten a la juventud.
¿Cómo puedo solicitarla?:
- En la sede electrónica del Principado de Asturias: http://sede.asturias.es está publicada la ficha de servicio correspondiente a la convocatoria.
- Se podrá localizar introduciendo el código: AYUD0487T01 en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha, en la que se encontrará toda la información sobre la misma y el formulario normalizado de solicitud.
¿Cuál es su importe?:
el importe asciende a veinte mil (25.000) euros, con un máximo de mil quinientos (1.500) euros por entidad beneficiaria.
Requisitos básicos:
- Todas las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro de Entidades de Participación Juvenil del Principado de Asturias (REPJPA) creado por el artículo 25 de la Ley del Principado de Asturias 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil y regulado en cuanto a su organización y funcionamiento por el Decreto 34/2021, de 2 de julio (BOPA n.º 13, de 13 de julio de 2021).
- Deberán disponer de certificado electrónico y tener instalados previamente la plataforma «Java» y el componente «autofirm@».
Más información: Bases reguladoras Base de Datos Nacional de Subvenciones BOPA 25 de marzo de 2025
Dudas y consultas: subvencionesjuventud@asturias.org cridj@asturias.org