Con la PCR en la mochila. Nuevas normas para viajar en tiempos de covid19

Con la PCR en la mochila. Nuevas normas para viajar en tiempos de covid19

El Ministerio de Sanidad ha establecido nuevas reglas para la entrada a España vía avión o barco. Es obligatorio acreditar haberse hecho una prueba PCR con resultado negativo 72 horas antes de aterrizar, o desembarcar, para quienes lleguen de los países o regiones declaradas zonas de riesgo. Y esto independientemente del lugar de residencia habitual o nacionalidad. En este enlace está el listado pincha aquí.

Los menores de 6 años no tienen que presentar pruebas diagnósticas.

Esta norma entró en vigor el 23 de noviembre y estará activa hasta nueva orden.

Además del triple control  ya en vigor (temperatura inferior a 37,5, revisión visual de síntomas y presentación de un formulario de control sanitario), los viajeros de esos países deberán presentar un documento, sea en papel o digital, en español o inglés, que certifique que se han hecho la PCR, con datos del tipo de test, el resultado y el contacto del laboratorio.

Por el momento, solo se da por buena la PCR y desde el 10 de diciembre la llamada prueba de Amplificación Mediada por Transcripción (TMA).

También se podrá pedir a los pasajeros que se realicen otra prueba PCR a las 48 horas de su llegada, si se considera necesario, y que informen del resultado a las autoridades sanitarias.

Si no se han hecho la prueba se les realizará una a su llegada. También se podrá someter a estos tests a viajeros de cualquier país que presenten síntomas. Si se detecta algún positivo, se pondrá en marcha el protocolo de la comunidad autónoma para contagios.

La resolución incluye sanciones en caso de incumplimiento de hasta 3.000 euros en el caso de las leves y de hasta 600.000 en el de las muy graves. Aunque no está especificado en el texto legal, desde Exteriores indican que quienes entren sin PCR negativa y se tengan que hacer una en el aeropuerto se enfrentarán a una sanción (no han aclarado de cuánto); y que se podrá denegar la entrada a pasajeros de países no europeos si no se cumplen estas obligaciones.

Además, en lo que se refiere al control documental, todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España deberán cumplimentar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario», a través de la web www.spth.gob.es, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH. Su contenido difiere en función de si el viaje se produce por vía aérea o por vía marítima.

recoemndamos consultar toda la información sobre los nuevos controles sanitarios en este enlace

Acceso al portal Spain Travel Health

Fuentes: Ministerio de Sanidad y CIVIO

La Unión Europea ofrece información oficial a través de esta herramienta interactiva para planificar con confianza tu viaje y tus vacaciones europeas, al tiempo que contribuye a establecer un marco de salud  y seguridad.

La información se actualiza con frecuencia y está disponible en 24 lenguas.

Esta es la web

Web Re-Open Europe
Scroll To Top