La DGT estudia multar a quien conduzca bajo los efectos de psicofármacos

La DGT estudia multar a quien conduzca bajo los efectos de psicofármacos

La norma prevé sancionar la «simple presencia en la  sangre» de drogas y medicamentos. Los controles se triplicarán en los  próximos dos años.    Fuente original: larazon.es

Si hay algo que los agentes de la Guardia Civil  han detectado en los controles en carretera es que cada vez se  interponen menos multas por alcoholemia. Sin embargo, las de drogas no  paran de crecer. En este sentido, el director de seguridad vial de RACE, Tomás Santa Cecilia, tiene claro que, en estos momentos, «el talón de  Aquiles de la seguridad vial es el consumo de drogas al volante, y para  ello es preciso aumentar los controles y educar a los jóvenes sobre los  efectos en la conducción». Pero muchas veces no son precisamente los  estupefacientes clásicos (cannabis, cocaína, drogas de diseño…) los  que se detectan, sino medicamentos como los citados, que incluso  mezclados con bajas tasas de alcohol, que ni siquiera llegan a las no  permitidas, dejan al conductor en condiciones no aptas para conducir, ya que se potencia el efecto neurodepresor del alcohol. Un agente de la  Guardia Civil de Tráfico relata un caso en el que se evidencia el  problema de mezclar alcohol, aunque sea en cantidades ínfimas, con  medicamentos. «Durante un control en la carretera nacional de Asturias  paramos a un motorista. Le realizamos un control de alcoholemia. No  presentaba síntomas, pero le practicamos la prueba», dijo. El resultado  fue negativo, pero cuando se quitó el casco se dieron cuenta de que «no  podía abrir totalmente los ojos y le costaba mucho hablar». El motorista confesó haber tomado dos botellas de sidra, pero también se estaba  medicando con benzodiacepinas. Por lo que le realizaron el test de  drogas y salió positivo. Situaciones como ésta son frecuentes en la  carretera. Asimismo, se intensifican en zonas de ocio juveniles. «Los  jóvenes no consumen ya tanto alcohol, así en las pruebas de alcoholemia  dan 0,0, pero luego encontramos el positivo en el test de drogas», explicó.

Antes de la reforma

  • No podrán circular los conductores que presenten tasas de alcohol o drogas superiores a las permitidas.
  • Todos los conductores quedan obligados a someterse a las pruebas para la detección de alcohol en el organismo.
  • Se podrán repetir las pruebas a efectos de contraste, pudiendo consistir en análisis de sangre, orina u otros análogos.
  • Conducir bajo los efectos de estupefacientes,  psicotrópicos o estimulantes será una infracción que lleva aparejada la  pérdida de 6 puntos.
  • 500 euros de multa por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas en el organismo.

Con la nueva reforma

  • No podrán circular los conductores que superen  las tasas de alcohol superiores a las permitidas y a los que se les  detecte la presencia de drogas en el organismo.
  • Todos los conductores quedan obligados a  someterse a las pruebas para la detección de alcohol o la presencia de  drogas en el organismo.
  • Las pruebas para la detección de la presencia  de drogas en el organismo consistirá en una prueba salival inmediata  mediante un dispositivo autorizado.
  • Conducir con presencia de drogas en el organismo será una infracción que lleva aparejada la pérdida de 6 puntos.
  • 1.000 euros de multa por conducir bajo los efectos del alcohol o con la presencia de drogas en el organismo.
Scroll To Top